← Volver al observatorio
Regulación

¿Hay multa por no formar a tu plantilla en IA? Lo que dice el artículo 99

No. El artículo 4 del Reglamento de IA obliga a formar, pero el régimen sancionador no lo incluye. Repasamos qué incumplimientos sí llevan multa, con el texto delante.

No hay multa por no formar a tu plantilla en inteligencia artificial. La obligación existe y es real, pero el artículo 99 del Reglamento (UE) 2024/1689 —que es donde vive el régimen sancionador— no menciona el artículo 4 en ninguno de sus apartados. Buena parte de lo que se publica en español sobre esto afirma lo contrario, y conviene poder comprobarlo uno mismo.

Qué obliga exactamente el artículo 4

El artículo 4 del Reglamento de IA, aplicable desde el 2 de febrero de 2025, obliga a proveedores y responsables del despliegue a adoptar medidas para garantizar un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA entre su personal. El nivel exigible se modula según los conocimientos técnicos, la experiencia, la educación y la formación de esas personas, y según el contexto en que se usen los sistemas. Es una obligación de medios, no de resultado, y no fija ni horas de formación ni temario.

Qué incumplimientos sí llevan multa según el artículo 99

El artículo 99 enumera de forma cerrada los incumplimientos sancionables y sus importes. Esta es la lista completa:

  • Artículo 5, prácticas de IA prohibidas: hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocio mundial anual, la cifra que sea más alta.
  • Artículos 16, 22, 23, 24, 26, 31, 33 y 34, obligaciones de proveedores, representantes autorizados, importadores, distribuidores, responsables del despliegue y organismos notificados: hasta 15 millones o el 3 %.
  • Artículo 50, obligaciones de transparencia, entre ellas informar de que se está interactuando con una IA: hasta 15 millones o el 3 %.
  • Información incorrecta, incompleta o engañosa a las autoridades: hasta 7,5 millones o el 1 %.

El artículo 4 no aparece en ninguno de esos apartados. Para pymes y startups, además, el Reglamento toma como referencia la cifra menor entre el importe fijo y el porcentaje, no la mayor.

Por qué entonces se publica que hay multas por no formar

Porque la formación se vende mejor con una cifra al lado. Al buscar en español aparecen páginas de consultoras y academias que hablan de multas severas sin citar artículo ni importe, y otras que atribuyen al artículo 4 los 15 millones del artículo 99.4. Ninguna de las dos cosas se sostiene leyendo el texto. Es un caso claro de contenido que se copia entre sí sin volver a la fuente.

Lo que sí puede pasar si no hay alfabetización en IA

Que no haya multa directa no significa que no tenga consecuencias. Tres, en orden de probabilidad real. La primera y más inmediata: la alfabetización aparece en los cuestionarios de compras de clientes grandes, así que su ausencia bloquea contratos mucho antes de que aparezca ningún inspector. La segunda: la falta de formación puede agravar otro incumplimiento que sí sea sancionable, porque el artículo 99.7 manda ponderar circunstancias como la gravedad y la duración. La tercera: las autoridades nacionales de vigilancia del mercado pueden requerir información y adoptar medidas al margen del régimen de multas.

Qué falta por definirse en España

El régimen sancionador español todavía no está cerrado. El Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial se aprobó en Consejo de Ministros el 26 de mayo de 2026 y se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 12 de junio de 2026, con plazo de enmiendas hasta el 30 de junio. Sigue en tramitación parlamentaria y, por su rango de ley orgánica, necesita mayoría absoluta en el Congreso. Hasta que se apruebe, cualquier afirmación sobre importes concretos de sanciones en España está anticipando un texto que aún puede cambiar.

Qué hacer con esto

Formar al equipo sigue siendo obligatorio y sigue mereciendo la pena, pero por el motivo correcto: porque es exigible, porque te lo van a preguntar en la próxima revisión de un cliente, y porque documentarlo cuesta poco. Lo que no hace falta es comprarlo con prisa por una multa que el Reglamento no contempla. Si alguien te vende formación citando una cifra, pídele el artículo.

Fuentes primarias y material consultado

  1. 1Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 4 (alfabetización en materia de IA)
  2. 2Reglamento (UE) 2024/1689, artículo 99 (sanciones)
  3. 3Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA (Consejo de Ministros, 26/05/2026)

Control de cambios

Versión inicial publicada en la fecha indicada. Las correcciones normativas se incorporan y quedan reflejadas aquí.

Seguir leyendo